COOPAC SANTO DOMINGO DE GUZMAN
RUC: 20116703263

Nombre: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Nombre Comercial: CAC SANTO DOMINGO DE GUZMAN L
RUC: 20116703263
Nivel de Activos: 2 Activos Totales: Mayor a 600 UIT pero menor o igual a 65,000 UIT
Operaciones Permitidas: 2
N° de Registro Nacional: 000014-2019-REG.COOPAC-SBS
Fecha de Inscripción en el Registro: 07-02-2019
Fecha de Inicio de Actividades: Hace 53 años
Fecha de Aniversario: 23-01-1971
Sede Principal: AV. SOL NRO. 415 CASCO MONUMENTAL
Cusco - Cusco - Cusco
Teléfonos: 084-221861 | 084-221861
Correo Electrónico: atencionalusuario@coopsantodomingo.com
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Economía & Finanzas
27/12/2022
Medida es parte del Plan Impulso Perú
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06/09/2023
Celebramos estas incorporaciones que fortalecen nuestra comunidad cooperativa
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01/10/2024
FENACREP, en su reciente evento sobre inclusión financiera, destacó su Aula Virtual, herramienta clave para capacitar a socios adultos y familias en temas de educación financiera y uso responsable de servicios.

La COOPAC, en calidad de afiliado de la FENACREP, se encuentra utilizando de forma voluntaria y bajo su responsabilidad la presente plataforma publicitaria para difundir material audiovisual que contiene información asociativa y financiera referente de sus activades ante terceros. El usuario es consciente y acepta voluntariamente que el uso del sitio web y de cualesquiera de sus contenidos tiene lugar, en todo caso, bajo su única y exclusiva responsabilidad. En este sentido, la FENACREP no se responsabiliza de la utilidad o infalibilidad de la información brindada en esta plataforma para la toma de decisiones en el campo empresarial, de las finanzas personales o cualquier otro ámbito. La FENACREP se exime de responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan resultar como efecto de la falta de exactitud, veracidad, exhaustividad y/o actualidad de los contenidos, por cuanto el servicio brindado en esta sección es meramente de promoción y referencia de la COOPAC, conforme a la documentación que estos ofrecen de manera voluntaria. Finalmente, cabe precisar para los fines correspondientes que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2 de la vigésima cuarta disposición final y complementaria de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, modificada por la Ley N° 30822, la regulación y supervisión de las COOPAC se encuentra a cargo de la Superintendencia de Banca y Seguro y AFP, a través de la Superintendencia Adjunta de Cooperativas (SACOOP).