SBS modifica Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito y amplía plazo para cumplimiento de COOPAC
03/03/2023 | La Resolución 739 sustituye el artículo 35 del Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito.
SBS modifica Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito y amplía plazo para cumplimiento de COOPAC
Fuente de la Imagen: Freepik

Con fecha 03 de marzo de 2023, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución SBS N° 00739-2023, mediante la cual se modifica el Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito, aprobado por Resolución SBS N° 3780-2011 y sus modificatorias, y se dictan otras disposiciones.

La Resolución 739 sustituye el artículo 35 del Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito, y según el último párrafo del artículo sustituido, las disposiciones sobre análisis de estrés para la evaluación del riesgo de crédito y la capacidad de respuesta ante escenarios adversos, que desarrolla dicho artículo, no resulta aplicable a las Cooperativas de Ahorro y Crédito no Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC).

Además, el artículo segundo de la mencionada resolución establece que las COOPAC de nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y las COOPAC de nivel 3 tienen hasta el 31 de diciembre del 2025 para cumplir con lo establecido en el Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito. Con ello, se amplía el plazo inicialmente otorgado mediante el quinto párrafo del artículo tercero de la Resolución SBS N° 480-2019, que establecía hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con estas disposiciones, se busca promover una gestión eficiente del riesgo de crédito por parte de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, garantizando su solidez financiera y la protección de sus depositantes y acreedores.

Para mayor información, se puede acceder a la Resolución SBS N° 00739-2023 en el archivo adjunto.

Fuente: FENACREP
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