La SBS emite resolución sobre reprogramación de créditos y modificaciones contables para las COOPAC en el marco del FAE-TURISMO
14/07/2023 | La medida busca brindar precisiones y adaptar normas prudenciales y contables, tomando en cuenta la situación económica y las declaratorias de emergencia.
La SBS emite resolución sobre reprogramación de créditos y modificaciones contables para las COOPAC en el marco del FAE-TURISMO
Fuente de la Imagen: Andina

La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) ha emitido la Resolución SBS N° 02346-2023, publicada el 13 de julio en el Diario El Peruano, mediante la cual se establecen precisiones sobre aspectos de carácter prudencial y contable que deben ser considerados por las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC) para la reprogramación de los créditos garantizados con el Fondo de Apoyo Empresarial a la MIPYME del Sector Turismo (FAE-TURISMO) en el marco del D.U. N° 026-2022. Además, se modifican ciertos aspectos del Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 2 y 3.

La mencionada resolución considera el Decreto de Urgencia N° 004-2022, que establece medidas económicas y financieras para garantizar el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) del sector turismo a créditos garantizados con el FAE-TURISMO. Asimismo, se toma en cuenta la situación económica generada por los recientes conflictos sociales a nivel nacional y se establecen medidas excepcionales para la reprogramación de créditos de deudores afectados por declaratorias de emergencia.

En este sentido, se establece que las COOPAC deben aplicar el mismo tratamiento a la parte de los créditos reprogramados en el marco del D.U. N° 026-2022 y que cuenten con la cobertura del FAE-TURISMO, tal como se dispone para los créditos que cuentan con la cobertura del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE del Sector Turismo. Además, se establece un límite excepcional del 50% del patrimonio efectivo de las COOPAC para las coberturas otorgadas por el FAE-TURISMO.

Asimismo, la Resolución SBS N° 02346-2023 modifica el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 1, 2 y 3, aprobado por la Resolución SBS N° 577-2019, con el fin de identificar correctamente los créditos reprogramados por Estado de Emergencia.

La Resolución SBS N° 02346-2023 entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, excepto en lo dispuesto en el artículo segundo.

*Para más información, se puede acceder a la resolución completa y el anexo respectivo en los archivos adjuntos.

 

Fuente: FENACREP
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