Aprouiñ a ra ar C'hongress kemmoù e lezenn hollek ar c'hevredigezhioù evit o azasaat ouzh an teknologiezhioù nevez
25/11/2024 | Asantiñ en eil mouezhiañ testenn erlec'hiañ ar formulenn lezennel a gaver e mennozh ar c'hemennadennoù lezenn 4242/2021-CR, 4516/2022-CR, 4671/2022-CR ha 4886/2022-CR a ginnig kemmoù pouezus d'al lezenn hollek eus ar C'hevredigezhioù, o kemer perzh en e vodernaat hag e padusted ar sektor COOPAC.
Congreso aprueba modificaciones a la Ley General de Cooperativas para adecuarlas a las nuevas tecnologías
Fuente de la Imagen: Congreso de la República

El pasado 21 de noviembre del 2024, el pleno del Congreso de la República aprobó, en segunda votación, el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 4242/2021-CR, 4516/2022-CR, 4671/2022-CR y 4886/2022-CR, el cual, según su exposición de motivos, tiene por objeto modernizar su marco regulatorio; sin embargo, se encuentra pendiente que el poder ejecutivo considere su promulgación u observación a la mencionada autógrafa de ley, en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de ser aprobado por insistencia por el congreso.

Entre los principales cambios, destaca la posibilidad de realizar asambleas generales de manera no presencial o semipresencial, utilizando herramientas tecnológicas que garantizan la participación y los derechos de voz y voto de los socios, restituir la prohibición de incorporar como socios a los trabajadores, sin perjudicar el derecho de realizar operaciones en igualdad de condiciones y considerándolas como acto cooperativo, bajo la Ley N° 29683, la distribución del remanente no menor del 5% a favor de actividades exclusivas de Educación Cooperativa, revalorización de activos sin necesidad de autorización administrativa, precisar un plazo de caducidad dos (2) años sobre la acción de responsabilidad en contra de los directivos de los consejos y gerente general, salvo en casos de responsabilidad penal.

Asimismo, se requiere al Poder Ejecutivo la adecuación del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, en un plazo máximo de 60 días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.

La Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú (FENACREP) celebra este importante avance, destacando que estas modificaciones al marco normativo permitirán a las COOPAC afrontar con mayor eficacia los retos del siglo XXI.

Fuente: FENACREP
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