SBS declara disolución de tres COOPAC por inactividad
07/10/2022 | La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), publico a través del Diario Oficial “El Peruano” declaró la disolución de dos cooperativas de ahorro y crédito, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.
SBS declara disolución de tres COOPAC por inactividad
Fuente de la Imagen: FENACREP

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), publicó a través del Diario Oficial “El Peruano” la disolución de tres cooperativas de ahorro y crédito, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.

A través de resoluciones de la SBS, se declaró la disolución por causal de inactividad, las Cooperativas de Ahorro y Crédito Finansur Perú Ltda. y Sayani Ltda., ambas de la región Arequipa, y San Pedro Limitada Número Doscientos Cincuenta y cuatro, de la región Piura.

Disolución de FINANSUR PERÚ LTDA.

De acuerdo a la Resolución N° 03019-2022, la SBS señaló que constató el cierre del local principal de Finansur Perú de Arequipa, sin conocimiento previo y/o autorización de la SBS, por un periodo de 15 días calendario continuos, desde el 9 de setiembre de 2022 hasta el 23 de dicho mes.

La causal que llevó a la decisión de la disolución y “se designe un administrador temporal que asuma su representación”.

“La resolución de disolución no pone término a la existencia legal de la COOPAC, la que subsiste hasta que concluya el proceso liquidatario o quiebra y, como consecuencia de ello, se inscriba su extinción en el Registro Público correspondiente”, indica la resolución.

Disolución de COOPAC SAYANI LTDA.

En tanto, a través de la Resolución SBS N° 03017-2022, se declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Sayani Ltda.

La SBS detalló que confirmó el cierre del local principal de Sayani, de la región Arequipa, sin conocimiento previo y/o autorización, por un periodo de 15 días calendario continuos, desde el 1 de setiembre de 2022 hasta el 15 de dicho mes, en ese sentido no brindaba atención a sus socios.

Tras esta medida, la cooperativa Sayani dejará de ser sujeto de crédito ni le alcanzarán las obligaciones que la Ley 26702, su reglamentación y el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, imponen a las COOPAC en actividad.

Disolución de COOPAC SAN PEDRO LIMITADA NÚMERO DOSCIENTOS CINCUENTICUATRO.

Según la Resolución N° 03016-2022, la SBS señaló que por un periodo de 15 días calendario continuos, desde el 9 de setiembre de 2022 hasta el 23 de dicho mes, el local principal de la COOPAC San Pedro Limitada de Piura se encontraba cerrado y sin atención a sus socios, sin que haya puesto en conocimiento previo ni autorización de la SBS.

En aplicación del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales a partir de la fecha de publicación de dichas resoluciones, las COOPAC disueltas quedan prohibidas de:

  • Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
  • Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
  • Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
  • Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
  • Constituir medida cautelar contra sus bienes.

 

Fuente: El Peruano
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