Establecen precisiones que deben ser consideradas por las cooperativas de ahorro y crédito y por las empresas del sistema financiero que participen en el marco del FAE-TEXCO. Señala que a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO), le resulta aplicable el mismo tratamiento dispuesto a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE. El límite excepcional de 50% del patrimonio efectivo, se aplica al total de las coberturas que otorgue el FAE-TEXCO, a favor de una misma cooperativa o empresa del sistema financiero.