La SUNAT dispone la postergación de la fecha de designación como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) a los sujetos comprendidos en el cuadro del párrafo 1.1 del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/SUNAT, por no haber completado las implementaciones necesarias para la emisión electrónica de sus comprobantes de pago, mediante la sustitución del mencionado cuadro, conforme a los siguientes términos:
Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/SUNAT
“Artículo 1. Designación de nuevos emisores electrónicos según ingresos anuales obtenidos al 31 de diciembre de 2019
(1) En caso de que opte por emitir el ticket POS en lugar de la boleta de venta electrónica. Respecto del ticket POS se debe tener en cuenta lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 141-2017/SUNAT.
(2) Salvo aquellas operaciones por las que se le hubiere designado como emisor electrónico en otras resoluciones de superintendencia o si hubieran adquirido dicha calidad por elección. En aquellos casos en los que la designación de emisores electrónicos se efectúe por tipo de operación, conducta o por cualquier otro supuesto distinto del monto de ingresos obtenidos, se aplica la resolución de superintendencia que efectúe dicha designación.”